T
omemos en cuenta que existen varias causas por las cuales
podemos perder nuestros visados ya sea por alguna falta cometida o por no haber
tomado en cuenta las condiciones de nuestro permiso de residencia.
POR DELITOS COMETIDOS
HURTOS: No es necesario haber cometido un robo de gran
cantidad, existen casos como por ejemplo que, por sustraer una goma de borrar
de 98 yenes, una persona de nacionalidad japonesa fue condenada a 2 años de
cárcel.Entre otros delitos graves podemos mencionar la
falsificación de documentos, consumo, posesión y/o comercialización de drogas,
prostitución, ventas de productos robados, etc.
CONDENAS MAYOR O
IGUAL A 1 AÑO: Según la ley migratoria japonesa, en la actualidad todo
extranjero que sea condenado a un año o más de prisión, podría ser procesado
para la deportación a su país de residencia original.
Cuando se está pagando a causa de delitos cometidos, una
pena de cárcel mayor o igual a un año o se esté siendo reincidente en delitos,
existe la posibilidad de que al terminar la condena sea trasladado directamente
a la oficina de inmigración para su proceso de deportación, esto se debe
básicamente a que su visado le fue cancelado o se venció en el periodo de la
encarcelación.
Dentro de la oficina de inmigración, si no desea ser
deportado existe la posibilidad de realizar una solicitud especial para poder
recibir un nuevo permiso de residencia, lo cual no es nada sencillo y en la
mayoría de los casos, al no contar con motivos fuertes y suficientes para
demostrar su necesidad de residir en Japón, se termina recibiendo la orden de
deportación. Entre estos casos podemos mencionar:
*Conducir en estado de ebriedad o haber consumido alcohol.
*Conducir un carro sin tener la respectiva revisión técnica
(SHAKEN)
*Conducir un carro sin el seguro obligatorio.
*Mal estacionamiento, esta falta al ser reincidente y al ser
acumulada con otro tipo de infracciones y observaciones perjudican mucho en sus
solicitudes de visados.
PERMISO DE RESIDIR
CON LIBERTAD CONDICIONAL:
Las personas que cuentan con este permiso están sujetas a
condiciones muy estrictas para poder residir en Japón, existen los permisos que
se reciben de la oficina de inmigración, y en otros casos, al salir de la
cárcel o después de haber sido juzgado mediante un tribunal de justicia; en
caso de no respetar las reglas que les fueron establecidas, existe la gran
posibilidad de que el permiso le sea cancelado y se pase a iniciar los trámites
para la deportación.
CAMBIO DE DOMICILIO:
Se debe realizar sin falta los trámites de cambio de
domicilio en el municipio correspondiente.
No declarar su domicilio sin
ninguna razón válida o hacer declaraciones falsas, puede llevar a la
cancelación de las extensiones de su visado.
MATRIMONIOS Y
DIVORCIOS:
Las personas no descendientes que reciban un visado de
"RESIDENCIA PERMANENTE”, casadas con japoneses o descendientes japoneses, por
motivos de divorcio no perderán su visado siempre y cuando se haya recibido el
visado mediante declaraciones no falsas.
MATRIMONIOS:
TENER 6
MESES RESIDIENDO EN DIFERENTES LUGARES: "NO ES SUFICIENTE SERLO, TAMBIÉN SE DEBE APARENTAR”
Residir sin realizar actividades como cónyuge durante más de
6 meses sin ninguna razón válida, podría ser motivo para no otorgar la
extensión de estadía en Japón. En estos casos se debe declarar las
circunstancias que obligaron a llevar este tipo de residencia y demostrar la
relación matrimonial de diversas formas.
NO ES SUFICIENTE
ESTAR CASADO PARA RECIBIR UN VISADO:"El hecho de estar
casado con un japonés o un extranjero residente en Japón, no es motivo
suficiente para recibir un visado”Matrimonios falsos que, aunque reales en papeles solo fueron
realizados para obtener un visado. La oficina de inmigración ya tiene
experiencia en tratar varios de estos casos, por lo cual toda solicitud de
matrimonio debe ser demostrada mediante documentos legalmente válidos y además demostrarlos
en la práctica.
EN CASO DE DIVORCIO, PODRÍA PERDER EL VISADO CUANDO:
El cónyuge no descendiente, tiene un visado de 4 meses a 5
años, estos visados son permisos momentáneos entregados por ciertos periodos,
por lo cual siempre será necesario realizar una nueva solicitud al término de
su periodo recibido. Tener en cuenta que al presentar la solicitud de un nuevo
visado se evaluará minuciosamente si se entregará o denegará la solicitud.*Existen casos especiales en los que a los cónyuges no
descendientes se le puede extender su visado, para esto es necesario demostrar
varios detalles entre los cuales se podemos mencionar: ser un ciudadano
cumplidor de sus deberes (ejemplo: estar al día en sus pagos de impuestos),
contar con un garante, demostrar estabilidad económica, entre otros.
VISAS DE CORTO
PERIODOS:
En los casos donde el tiempo de visado fue reducido, deberán
preocuparse por saber los motivos o causas que llevaron a la oficina de
inmigración a tomar la decisión ya que este hecho puede ser una señal que
deberá observar como una advertencia de que su solicitud de extensión de visado
le podría ser denegada.
VISA DE 1 AÑO
(descendientes o cónyuges, dentro del matrimonios y divorcios):En los casos en que se haya reducido el periodo de estadía
(visa) a 1 año, generalmente es porque encontraron información no clara o
registros de actividades irregulares durante su periodo de residencia en Japón.
Esto de no ser aclarado prontamente podría terminar con la reducción de su visado
a un periodo menor, o en el peor de los casos, ser denegada su solicitud.
VISAS DE 6 MESES
(descendientes o cónyuges, dentro del matrimonios y divorcios): En este caso, es uno de los visados en los que existe una
gran posibilidad de que se niegue la extensión para un nuevo periodo de
residencia.Se debe evitar presentar la solicitud sin asesoría ESPECIALIZADA. Existen muchos casos en los que por no estar conscientes del
significado de este visado y no haber aclarado detalles básicos ante la oficina
de inmigración, se les ha terminado denegando el visado.al contar con este periodo de visado es muy necesario que se
asesore a fin de evitar sorpresas, el especialista le indicará claramente cómo
solucionar este tipo de problemas.
RESIDENCIA
PERMANENTE:
Los casos donde se tenga recibido el visado de residencia
permanente mediante declaraciones falsas o no correctas de manera engañosa e
ilegal, se les podría cancelar el visado y ser sometido a los trámites de
deportación a su país de origen.
ADOPCIONES E IDENTIDAD
FALSA:
EXTENSIÓN DE VISA-IDENTIDAD FALSA: Existen varios casos en los que personan
que con identidad falsa venían extendiendo su visado, y que no están
consiguiendo extenderlo. Los motivos son básicamente debido a que en la
actualidad la oficina de inmigración cuenta con más medios para poder verificar
la identidad de los solicitantes o también por denuncias recibidas de terceros,
las cuales, al verificarse que se trata de un caso de identidad falsa, les es
cancelada o denegada su solicitud.
ADOPCIONES: Los casos de adopción a personas mayores de edad solo con
fines de otorgar un visado en Japón, al ser descubiertos, se les cancelan los
visados o se les deniega la extensión del visado. Finalmente, en caso de existir alguna de las faltas o
penalidades mencionadas anteriormente, les recomiendo asesorarse mediante recurriendo
a verdaderos profesionales y especialistas que son quienes le podrán dar una
orientación clara sobre la forma de cómo deberá proceder según cada caso.
Por: Lic. Nakashima Marcos
E-mail: visa@daikeicorporation.co.jp
Web: www.daikeicorporation.co.jp