El Consulado General del Perú en Tokio invita a los miembros de la
comunidad en su jurisdicción consular a participar en la elección del Consejo
de Consulta de la Comunidad Peruana residente en las regiones de
Tohoku/Hokkaido, Kanto y las Prefecturas de Niigata en la Región Hokoriku, y
Nagano, Yamanashi y Shizuoka en la Región Chubu para el período 2019-2020, que
se llevará a cabo el sábado 07 de setiembre de 2019.
El Consejo de Consulta constituye un espacio de diálogo y cooperación
entre las Oficinas Consulares y los peruanos residentes de la correspondiente
circunscripción consular, que tiene como objetivos, entre otros, promover la
cultura peruana, fortalecer el vínculo entre los connacionales, así como
fomentar el acercamiento y sensibilización de los peruanos migrantes en el
nuevo contexto social, económico y cultural en que se encuentran.
Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de los Consejos de
Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, DS N° 057-2010-RE, en
circunscripciones de más de 20 mil connacionales inscritos en el padrón del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), como es el caso de
la circunscripción del Consulado General del Perú en Tokio, el Consejo de
Consulta deberá estar compuesto por nueve connacionales elegidos por la
comunidad peruana en votación convocada por el Jefe de la Oficina Consular. En
ese sentido, para proceder a la elección, deben presentarse un mínimo de nueve
candidatos.
Las candidaturas para ser miembros del Consejo podrán presentarse del 08
de julio al 07 de setiembre de 2019.
Los requisitos para postular como candidato son los siguientes (Art. 19°
del Reglamento, D.S. N° 057-2010-RE):
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de postular.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la circunscripción
consular. Para ello deberá presentar su DNI original con la dirección
actualizada.
d) No ser funcionario o empleado de la oficina consular.
e) No registrar antecedentes policiales ni penales en el Perú o en el
extranjero. Para ello deberá presentar los certificados de no registrar
antecedentes penales o policiales -de no más de 3 meses de antigüedad- tanto
del Perú como de Japón o, en su defecto, una Declaración Jurada.
f) No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembro de
algún Consejo de Consulta. Ello deberá manifestarse a través de una Declaración
Jurada.
La presentación de candidaturas deberá hacerse mediante comunicación
escrita dirigida al Cónsul General, en la cual los interesados informen de su
voluntad de postular para ser miembros del Consejo de Consulta, manifestando
que cumplen con los requisitos arriba señalados.
Las comunicaciones pueden ser
enviadas a la dirección postal del Consulado, por correo electrónico a la
dirección: informacion@consuladoperutokio.org o vía fax al 03-5793-4446.
Debe tomarse en cuenta que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento,
D.S. N° 057-2010-RE, el mínimo de votantes para validar las elecciones es el 3%
de los inscritos en RENIEC correspondiente a cada circunscripción consular.Para mayor información favor ingresar a: www.consuladoperutokio.org